en minería
A Fuego de materias sólidas que arden produciendo cenizas y rescoldos, dejan brasa y se conocen como fuegos secos. Madera, cartón, tejidos naturales, etc. Tipo
B Fuego de combustibles líquidos o sólidos que arden en estado líquido (licuables por el calor), y no dejan residuos. Se conocen como fuegos grasos. Cera, alquitrán, grasa, alcohol, disolventes, pinturas, gasolina, aceites, etc. Tipo
C Fuego de combustibles gaseosos que se queman muy rápidamente Butano, propano, metano, etc. Tipo
D Fuego de productos químicos o metales combustibles. Aluminio pulverizado, titanio, magnesio, sodio, potasio, cesio, circonio, etc.
• En la entrada o inmediaciones de los ingresos de las minas subterráneas:
No se deberá construir instalaciones con material combustible.
• Sólo el Responsable de la Faena podrá autorizar operaciones de soldaduras o corte al interior de una mina subterránea, y siempre que se cuente con elementos extintores en el lugar.
• Los equipos mineros diésel deberán contar con sistemas de extinción semiautomática, o en su defecto contar con extintores manuales.
• Toda faena minera que cuente con equipos diésel deberá contar con un procedimiento de emergencia.
Mediante Decreto Supremo N° 34 del Ministerio de Minería, de fecha 14 de junio de 2013.
modificó el Reglamento de Seguridad Minera, incorporándose el Título XV sobre “NORMAS DE SEGURIDAD MINERA APLICABLE A FAENAS MINERAS QUE INDICA”. Este título reconoce las características especiales de las faenas mineras cuya extracción subterránea o a rajo abierto y/o tratamiento de minerales, sea igual o inferior a 5.000 toneladas por mes (en adelante indistintamente la “pequeña minería”), estableciendo medidas en seguridad acordes con la realidad propia de dichas faena minera.Tipo de Fuego Descripción Materiales Tipo
A Fuego de materias sólidas que arden produciendo cenizas y rescoldos, dejan brasa y se conocen como fuegos secos. Madera, cartón, tejidos naturales, etc. Tipo
B Fuego de combustibles líquidos o sólidos que arden en estado líquido (licuables por el calor), y no dejan residuos. Se conocen como fuegos grasos. Cera, alquitrán, grasa, alcohol, disolventes, pinturas, gasolina, aceites, etc. Tipo
C Fuego de combustibles gaseosos que se queman muy rápidamente Butano, propano, metano, etc. Tipo
D Fuego de productos químicos o metales combustibles. Aluminio pulverizado, titanio, magnesio, sodio, potasio, cesio, circonio, etc.
• En la entrada o inmediaciones de los ingresos de las minas subterráneas:
No se deberá construir instalaciones con material combustible.
No se deberá almacenar material combustible o explosivos.
No se deberá mantener desechos de materiales combustibles.• Sólo el Responsable de la Faena podrá autorizar operaciones de soldaduras o corte al interior de una mina subterránea, y siempre que se cuente con elementos extintores en el lugar.
• Los equipos mineros diésel deberán contar con sistemas de extinción semiautomática, o en su defecto contar con extintores manuales.
• Toda faena minera que cuente con equipos diésel deberá contar con un procedimiento de emergencia.
Prevención y Control
- Se deberá contar con un Procedimiento de Seguridad en caso de incendio para la faena, el cual deberá considerar para el personal en lo principal.
- El aviso (alarma)
- La evacuación.
- Rescate y auxilio.
- Entregar copia de Procedimiento a todo el personal.
- Contar con equipos de rescate y refugios señalizados.
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